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Ecologistas en Acción
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La propuesta de nuevo ICA
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rectifica esta anomalía, utilizando para su cálculo la media móvil
de las concentraciones octohorarias de ozono, e incorpora para cada rango de calidad del aire
recomendaciones sanitarias para la población en general y sensible, en línea con las recomen-
daciones sanitarias del índice de calidad del aire europeo.
También ha supuesto un avance la habilitación por el MITECO de un visor sobre la calidad
del aire (https://sig.miteco.gob.es/calidad-aire/), que vinculando la base de datos nacional a la
Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) del Ministerio permite la consulta de los datos históri-
cos y en tiempo real de la mayor parte de las estaciones de las redes autonómicas, mediante un
código gráfico relacionado con los estándares legislados y de la OMS, en los periodos horario y
diario. Pese a las limitaciones actuales de este sistema (cobertura de estaciones, disponibilidad
temporal, descarga de datos), es una mejora importante.
En el análisis por CC.AA. del presente informe se señalan las principales deficiencias de las
páginas Web autonómicas sobre calidad del aire.
Por otra parte, la transparencia también se ve mermada por el hecho de que no siempre se
da una información satisfactoria de las razones por las que determinadas estaciones de medición
cambian su ubicación, dejan de funcionar o experimentan cambios drásticos de sus registros de
un año al siguiente.
En lo referente a la información pública cuando se sobrepasen determinados umbrales, resulta
de especial interés exponer la respuesta dada por el Defensor del Pueblo a la queja presentada
por Ecologistas en Acción Región Murciana ante la insuficiente información ofrecida hasta ahora
por las Administraciones Públicas:
Al respecto, el Defensor del Pueblo cree que la utilización de una página web institucional
para recoger los avisos de las superaciones de los umbrales fijados en la normativa sectorial no es
suficiente para cumplir con la obligación de máxima difusión de éstos […] toda vez que una web
asegura que tal información está disponible para quien desee acceder a ella, pero no su difusión
a gran escala, lo que al fin y al cabo es el objetivo de la técnica legislativa de los umbrales […].
A esos efectos, si la información sobre las superaciones no se difunde entre la población de
forma rápida y a gran escala, pierde su sentido. Por ello, en estas situaciones, sin difusión máxima
y rápida no hay verdadera información. Y tal difusión no se logra sólo con colgar en una página
web los datos de referencia. Es preciso que los avisos se difundan a través de los medios de
comunicación de mayor alcance […].
Pero no basta cuando se trata de informar sobre superaciones de umbrales de aviso y alerta
que han acontecido o pueden acontecer porque en estos casos a lo que obliga el Ordenamiento
es a difundir la información sobre el episodio y las medidas a adoptar de manera que llegue al
mayor número de personas posible, para lo cual es imprescindible utilizar no sólo Internet, sino
también otros medios de comunicación de mayor alcance como radios y televisiones (públicas
y privadas) de la misma manera que se difunden, por ejemplo las temperaturas, los niveles de
polen, los niveles de los embalses o la densidad de tráfico rodado por la televisión y la radio
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.
Pese a todo, y gracias en alguna medida a la labor por parte de Ecologistas en Acción de más
de una década denunciando la mala situación de la calidad del aire, la percepción social sobre
este problema ha ido evolucionando favorablemente. En este sentido, resultan interesantes los
resultados de la encuesta del Eurobarómetro acerca de las Actitudes de los europeos sobre la
71 Información pública sobre proyecto de Resolución del Director General de Calidad y Evaluación ambiental por
la que se modifica el anexo de la Orden TEC/351/2019, de 18 de marzo, por la que se aprueba el Índice Nacional
de Calidad del Aire. Disponible en: www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/participacion-
publica/PP_SGALSI_2020_Proyecto-Actual-ICA.aspx.
72 Respuesta de 6 de mayo de 2008 del Defensor del Pueblo a Ecologistas en Acción de la Región Murciana.
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